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¿Cuánto tiempo tiene para demandar por una lesión de nacimiento en Texas?

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Publicado por Beverly Law
Los plazos del Código de Prácticas y Remedios Civiles § 74.251, el límite de 10 años, el aviso de seis meses para hospitales públicos, el aviso de 60 días y el informe pericial de 120 días, explicados con palabras sencillas.

Cuando un bebé sufre una lesión en el embarazo, el parto o el nacimiento, los padres no están pensando en plazos legales. Están pensando en la unidad de cuidados intensivos neonatales y en la próxima cita. Pero Texas fija límites de tiempo firmes para los casos de negligencia médica, y son más estrictos de lo que muchas familias esperan.

Esta página explica los plazos que más importan en un caso de lesión de nacimiento en Texas: la regla de dos años del Código de Prácticas y Remedios Civiles § 74.251, la regla especial para un niño y el límite absoluto de 10 años, el aviso de seis meses para hospitales públicos bajo la Ley de Reclamaciones por Daños de Texas (Texas Tort Claims Act), el aviso de 60 días antes de cualquier demanda y el informe pericial que vence 120 días después de que cada demandado contesta.

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La regla general: dos años

En Texas, un caso de negligencia médica se llama reclamo de responsabilidad por atención médica (health care liability claim). Según el Código de Prácticas y Remedios Civiles § 74.251(a), debe presentarse dentro de los dos años desde que ocurrió el incumplimiento o el acto dañino, o desde la fecha en que terminó el tratamiento médico que motiva el reclamo o la hospitalización por la que se reclama. La ley aplica “a pesar de cualquier otra ley” y, salvo la regla para niños pequeños que explicamos abajo, “a todas las personas sin importar su minoría de edad u otra incapacidad legal”.

A diferencia de las reglas de otros estados, la ley de Texas no empieza a contar el plazo el día en que el paciente descubre la lesión. La Corte Suprema de Texas ha explicado que la garantía de acceso a los tribunales (open courts) de la Constitución de Texas solo da “un tiempo razonable para descubrir las lesiones y demandar”, y que quien se apoye en ella debe demostrar que actuó con la debida diligencia. Es una válvula de escape estrecha, no un segundo plazo.

Esto importa porque los padres muchas veces tienen reclamos propios, como una madre lesionada por una cesárea tardía o una hemorragia no atendida. Esos reclamos de adultos siguen la regla de dos años, que puede vencer mucho antes que el plazo del niño.

La regla para el caso de un niño y el límite de 10 años

La misma subsección da más tiempo a los niños pequeños: los menores de 12 años “tienen hasta su cumpleaños 14 para presentar el reclamo, o para que se presente en su nombre”. Un bebé lesionado al nacer, por definición, tiene menos de 12 años, así que a primera vista la ley apunta al cumpleaños 14.

Pero el § 74.251(b) agrega un segundo límite, absoluto: el reclamante debe presentar su reclamo “a más tardar 10 años después de la fecha del acto u omisión que lo origina”, y la ley aclara que es un plazo máximo (statute of repose) para que “todos los reclamos se presenten dentro de 10 años o queden prescritos”. En una lesión de nacimiento, los 10 años desde el parto llegan antes del cumpleaños 14. En la práctica, la marca de 10 años es la última fecha posible para demandar, y esperar tanto es peligroso.

La Corte Suprema de Texas ha aplicado este límite contra un niño. En una decisión de 2014, un bebé había sido lesionado al nacer en 1996; el abogado de la familia envió el aviso previo obligatorio en 2004, pero la demanda no se presentó hasta 2011, cuando el plazo máximo ya había vencido. En 1983 y 1995 la Corte había anulado leyes anteriores que obligaban a los menores a demandar antes de cierta edad. Esta vez falló en contra del niño: la madre, que actuaba en nombre de su hijo, no fue diligente, y la Corte decidió que su demora contaba en contra del reclamo del niño.

  • Niño menor de 12 años cuando ocurrió el acto: presentar antes del cumpleaños 14, pero nunca después de 10 años desde el acto.
  • Bebé lesionado en el trabajo de parto o el parto: el límite de 10 años llega primero, así que el plazo final es 10 años después del nacimiento.
  • Niño de 12 años o más cuando ocurrió el acto: aplica la regla de dos años.
  • Hospital público: primero va un aviso a la entidad pública dentro de 6 meses, sin importar la edad del niño.

Cuando el hospital es público: el aviso de 6 meses

Muchos bebés en Texas nacen en hospitales de distritos hospitalarios públicos, como los hospitales Ben Taub y Lyndon B. Johnson de Harris Health en Houston, Parkland Health en Dallas, University Health en San Antonio y JPS Health Network en Fort Worth, o en hospitales de universidades estatales. Los reclamos contra un hospital del gobierno se rigen por la Ley de Reclamaciones por Daños de Texas (Texas Tort Claims Act), el capítulo 101 del Código de Prácticas y Remedios Civiles.

Según el § 101.101(a), la entidad de gobierno tiene derecho a recibir el aviso del reclamo a más tardar seis meses después del día del incidente. El aviso debe describir razonablemente la lesión, la fecha y el lugar, y lo que pasó. Según el § 101.101(b), la carta constitutiva de una ciudad puede fijar un plazo propio más corto. El aviso formal solo se excusa si la entidad ya tenía conocimiento real de la lesión, y las familias no deberían contar con esa excepción. El Código de Gobierno § 311.034 hace del aviso un requisito jurisdiccional en toda demanda contra una entidad de gobierno: si no se cumple, el tribunal puede no tener poder para ver el caso.

El § 101.101 no tiene excepción para menores, así que el plazo más largo del niño bajo el § 74.251 no lo libra del aviso de seis meses. La ley además renuncia a la inmunidad solo en situaciones limitadas, entre ellas las lesiones causadas por el estado o el uso de bienes muebles tangibles o inmuebles (§ 101.021), y limita lo que una entidad pública puede pagar. Según el § 101.023, la responsabilidad se limita a $250,000 por persona y $500,000 por incidente para el gobierno estatal, $100,000 por persona y $300,000 por incidente para una unidad de gobierno local, y $250,000 por persona y $500,000 por incidente para una ciudad.

También importa a quién se demanda. Según el § 101.106, demandar a la entidad de gobierno impide demandar después a sus empleados por el mismo asunto, y demandar a un empleado puede impedir demandar a la entidad si esta no lo consiente. Las reglas del capítulo 74, incluidos el aviso de 60 días y el informe pericial, siguen aplicando, porque el capítulo 74 define hospital de forma que incluye a las instituciones públicas con licencia.

El aviso de 60 días y la autorización médica

Texas exige una advertencia antes de cualquier demanda por negligencia médica. Según el Código de Prácticas y Remedios Civiles § 74.051(a), la familia debe enviar un aviso por escrito del reclamo, por correo certificado con acuse de recibo, a cada médico o proveedor de salud involucrado, al menos 60 días antes de demandar. El aviso debe ir acompañado del formulario de autorización médica que aparece palabra por palabra en el § 74.052, que permite a los demandados obtener los expedientes del paciente con otros proveedores.

La autorización no es un simple trámite. Según el § 74.052(a), si falta, todo el proceso contra ese proveedor queda en pausa hasta 60 días después de que reciba el formulario. Según el § 74.051(c), un aviso dado como exige la ley pausa el plazo de prescripción por 75 días para todas las partes y posibles partes. La Corte Suprema de Texas decidió en 2011 que un aviso sin la autorización no activa esa pausa de 75 días, y en 2024 que un formulario de autorización imperfecto pero real sí la activa.

El § 74.051(d) además da a cada parte derecho a copias completas y sin alterar del expediente médico del paciente en manos de cualquier otra parte, dentro de los 45 días de pedirlas por escrito. En un caso de lesión de nacimiento, el aviso normalmente va a todos los que puedan compartir responsabilidad: el obstetra, el hospital, el empleador de las enfermeras, el anestesiólogo y el neonatólogo. Identificarlos a todos requiere el expediente médico completo, otra razón para empezar temprano.

El informe pericial, 120 días después de cada contestación

Texas agrega un obstáculo que muchos estados no tienen. Según el § 74.351(a), la familia debe entregar a cada demandado, a más tardar 120 días después de que ese demandado presente su primera contestación, uno o más informes de expertos con el currículum de cada uno. El informe debe resumir con justicia las opiniones del experto sobre el estándar de atención, en qué falló la atención y cómo esa falla causó la lesión (§ 74.351(r)(6)). La opinión sobre si un médico se apartó del estándar debe venir de un médico que cumpla los requisitos del § 74.401, y la opinión sobre la causa debe venir de un médico calificado.

Las consecuencias son graves. Si el informe no se entrega a tiempo, el § 74.351(b) obliga al tribunal, a pedido del demandado, a desestimar el reclamo contra ese demandado de forma definitiva y a ordenar el pago de sus honorarios de abogado y costas. Si un informe entregado a tiempo resulta deficiente, el § 74.351(c) permite una sola prórroga de 30 días para corregirlo. Hasta que se entregue el informe, la mayor parte de la etapa de pruebas queda suspendida, salvo para obtener los expedientes médicos del paciente y documentos similares (§ 74.351(s)).

La Corte Suprema de Texas se ha negado a excusar un informe pericial tardío en el caso de un niño cuando la madre no actuó con diligencia. En la práctica, la revisión médica debe estar muy avanzada antes de presentar la demanda, y por eso un caso de lesión de nacimiento en Texas necesita el expediente y los expertos desde temprano.

Por qué actuar temprano protege la evidencia

Los plazos son solo parte de la razón para moverse rápido: los casos de lesión de nacimiento se ganan o se pierden con evidencia que se desvanece.

También hay una razón práctica. Los niños con encefalopatía hipóxico-isquémica, parálisis cerebral o parálisis de Erb suelen necesitar terapias, equipo y atención especializada de inmediato, y un caso que empieza temprano puede resolverse mientras esa atención hace la mayor diferencia.

  • Las tiras del monitoreo fetal y los registros electrónicos pueden sobrescribirse, archivarse o perderse cuando el hospital cambia de sistema.
  • Las enfermeras y los residentes rotan o cambian de hospital; el recuerdo de un parto se borra después de un año.
  • La patología de la placenta, los gases del cordón y las imágenes del recién nacido se obtienen e interpretan mejor cuando se piden poco después del nacimiento.
  • Una revisión temprana por expertos le dice a la familia si existe un caso, sin esperar años por una respuesta.

Cómo le ayuda Beverly Law

Beverly Law es una firma de lesiones personales de Los Ángeles. En Texas llevamos casos de lesiones de nacimiento a través de abogados locales con licencia, y nuestro equipo atiende a las familias en español y en inglés. El primer paso es una consulta gratuita: escuchamos lo que pasó, identificamos quién dio la atención y señalamos cada plazo que pueda aplicar, incluido el aviso de seis meses si el hospital es público. Después pedimos el expediente médico completo, con las tiras de monitoreo, y lo revisan expertos médicos calificados.

Si existe un caso, el aviso de 60 días con la autorización médica, cualquier aviso bajo la Ley de Reclamaciones por Daños, la demanda y el informe pericial de 120 días se manejan con los abogados locales con licencia. Usted no paga si no ganamos, y la ley de Texas exige que el contrato de honorarios de contingencia sea por escrito y lo firmen el abogado y el cliente (Código de Gobierno § 82.065). Llame al 1 (877) 427-2752 para hablar con nuestro equipo hoy.

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Preguntas que hacen los padres

Mi hijo sufrió una lesión al nacer. ¿Cuál es el plazo para demandar en Texas?

Según el Código de Prácticas y Remedios Civiles § 74.251, un niño menor de 12 años tiene hasta cumplir 14, pero la misma ley impide cualquier reclamo que no se presente dentro de 10 años desde el acto negligente. Para un bebé lesionado en el parto, la marca de 10 años llega primero, así que la demanda debe presentarse a más tardar 10 años después del nacimiento. Si el hospital es público, se debe dar aviso a la entidad pública dentro de seis meses.

¿El plazo empieza cuando nos enteramos de la lesión?

No. El § 74.251 corre desde el acto negligente, o desde que terminó el tratamiento o la hospitalización en cuestión, no desde el descubrimiento. Un diagnóstico de parálisis cerebral a los dos años no reinicia el plazo. La garantía de acceso a los tribunales de la Constitución de Texas puede dar un tiempo razonable a quien no pudo descubrir la lesión, pero solo si actúa con diligencia.

Dimos a luz en un hospital público como Parkland, Ben Taub, University Health o JPS. ¿De verdad el plazo es de seis meses?

Sí. Según la Ley de Reclamaciones por Daños de Texas, § 101.101, la entidad de gobierno tiene derecho a un aviso del reclamo dentro de los seis meses del incidente, y la carta de una ciudad puede exigirlo aún antes. La ley no tiene excepción para menores, y el Código de Gobierno § 311.034 trata el aviso como un requisito jurisdiccional. Actúe de inmediato.

¿Qué es el aviso de 60 días?

El § 74.051 exige un aviso por escrito del reclamo, enviado por correo certificado con acuse de recibo, a cada médico o proveedor al menos 60 días antes de demandar. Debe incluir el formulario de autorización médica del § 74.052. Un aviso correcto pausa el plazo por 75 días; la Corte Suprema de Texas ha dicho que el aviso sin la autorización no lo pausa.

¿Qué es el informe pericial y cuándo vence?

Es un informe por escrito de un experto calificado que resume el estándar de atención, cómo se incumplió y cómo ese incumplimiento causó la lesión. Según el § 74.351, debe entregarse a cada demandado dentro de los 120 días después de que ese demandado conteste la demanda. Si no se entrega a tiempo, el tribunal debe desestimar el reclamo contra ese demandado de forma definitiva cuando este lo pida.

¿Los padres tienen su propio plazo?

Sí. Los reclamos propios de un padre o una madre, como las lesiones de la madre en el parto, siguen la regla de dos años del § 74.251, y la regla para menores no los extiende. Es mucho más corto que el plazo del niño, así que los reclamos de los padres muchas veces necesitan atención primero.

¿Qué pasa si mi hijo ya tiene ocho o nueve años?

Todavía puede haber tiempo, pero muy poco. Para un bebé lesionado al nacer, el límite de 10 años del § 74.251(b) suele ser la última fecha posible, y el aviso de 60 días, el expediente y la revisión de expertos toman tiempo. Comuníquese con un abogado de inmediato; esperar aunque sea unos meses puede cerrar la puerta.

¿La consulta es gratis?

Sí. Beverly Law ofrece una consulta gratuita en español y en inglés, y usted no paga si no ganamos. En Texas trabajamos a través de abogados locales con licencia, y el contrato de honorarios de contingencia se explica y se firma por escrito antes de empezar, como exige el Código de Gobierno § 82.065.

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Fuentes

  1. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 74.251
  2. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 74.051
  3. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 74.052
  4. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 74.351
  5. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 74.401
  6. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 101.101 (Texas Tort Claims Act)
  7. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 101.023 (Texas Tort Claims Act)
  8. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code § 101.106 (Texas Tort Claims Act)
  9. Tex. Gov't Code § 311.034
  10. Tex. Gov't Code § 82.065
  11. Corte Suprema de Texas, No. 13-0096 (22 de agosto de 2014): plazo máximo de 10 años aplicado a un caso de lesión al nacer
  12. Corte Suprema de Texas, No. 09-0857 (1 de abril de 2011): el aviso sin la autorización médica no pausa el plazo
  13. Corte Suprema de Texas, No. 22-0435 (8 de marzo de 2024): una autorización médica imperfecta sí pausa el plazo 75 días

Importante: Esta página es información general sobre lesiones de nacimiento y la ley de Texas, no es asesoría legal, y leerla no crea una relación abogado-cliente con Beverly Law. Cada caso es distinto — hable con un abogado sobre su situación. Publicidad de abogados. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. No paga si no ganamos. Última revisión: 2026-09-30.

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